Los funcionarios y empleados judiciales deberán usar, en todos sus actos escritos, firma acompañada de antefirma. Podrán usar firma electrónica, de conformidad con el reglamento que expida el Consejo Superior de la Judicatura.
12 de diciembre de 2025 - El Tribunal Superior de Medellín precisó que actualmente existen únicamente dos sistemas válidos para la firma de providencias judiciales: la firma manuscrita, de uso excepcional en los casos legalmente autorizados, y la firma electrónica adoptada por la Rama Judicial. En consecuencia, cualquier otro mecanismo de suscripción carece de fundamento legal.